PRIMERO: Se celebra el presente contrato de servicios informáticos entre el suscriptor y aceptante del presente contrato, en adelante “el Inscrito”, y RENAPAM. Por este acto, el Inscrito comparece y declara aceptar las condiciones y términos que se detallan en las cláusulas siguientes:

SEGUNDO: Definiciones: En adelante se entenderá como “Registro” el Registro Nacional de Profesores de Artes Marciales de Chile (RENAPAM), y como “Inscrito” el profesor que haya solicitado su inclusión en el registro antes señalado; asimismo, se entenderá por “antecedente complementario” toda aquella modificación, adición o corrección de los datos suministrados por el inscrito y que sean agregados conforme a lo expresado en las cláusulas OCTAVA Y NOVENA del presente contrato.

TERCERO: El profesor interesado deberá realizar su incorporación en el registro por sí mismo, en forma voluntaria y personal, utilizando las herramientas digitales facilitadas por RENAPAM.

CUARTO: Quien inscribiere a algún profesor sin su expreso consentimiento podrá enfrentar cargos legales calificados como graves.

QUINTO: El profesor inscrito tendrá a su disposición en forma gratuita una ficha personal en formato digital; en la cual podrá informar sobre su historial, actividades, actualidad; como también abrir foros de opinión respecto de los temas que estimara apropiado debatir virtualmente.

SEXTO: La administración, modificación, actualización y eliminación de información o datos podrán ser realizadas exclusivamente por el inscrito; por medio de una clave personal e intransferible.

SEPTIMO: Resolución: En caso de incumplimiento de las condiciones del servicio, las partes podrán solicitar la resolución del presente contrato ante los Tribunales Ordinarios de Letras de la ciudad de La Serena, que será competente respecto a las controversias acerca del presente contrato.

OCTAVO: Por la aceptación del presente contrato, el inscrito declara poseer los derechos de uso y publicación del material que exponga en conformidad a las normas y leyes chilenas.

NOVENO: Confidencialidad: El registro es público y contendrá los datos personales suministrados por el inscrito, y no contendrá información considerada “sensible” de acuerdo a lo señalado en el artículo segundo de la Ley 19.628 Sobre Protección de la Vida Privada.

DECIMO: RENAPAM se compromete además a usar los datos proporcionados por cada usuario exclusivamente para los fines señalados en «nuestra misión».

DECIMO PRIMERO: El registro se reservará el derecho de retirar y/o eliminar, toda publicación contraria a las leyes vigentes, las buenas costumbres y la moral, así como de toda aquella que sea atentatoria contra la honra y el prestigio de las personas; la cual será de exclusiva responsabilidad del Inscrito, eximiendo de responsabilidad a RENAPAM en caso de infracción.

DECIMO SEGUNDO: El espacio asignado a cada profesor será con el objeto de difundir solo su información relativa a las artes marciales y el uso para la publicación de publicidad ajena a éste aspecto podría ser objetada.

DECIMO TERCERO: RENAPAM solo actúa como medio de difusión y la veracidad de la información publicada será de exclusiva responsabilidad de cada profesor.